SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0225/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0225/2017-S2

Fecha: 20-Mar-2017

Fragmento 21

Consecuentemente, de acuerdo a la jurisprudencia constitucional, la motivación y fundamentación de las resoluciones judiciales, constituye un elemento más del derecho al debido proceso, por lo que a efecto de no vulnerar este derecho todas las autoridades judiciales y administrativas tanto de primera instancia y las de alzada, están obligadas a emitir fallos debidamente fundamentados; es decir, tienen el deber de exponer las razones de su decisión de manera razonable aunque concisa y breve.