SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0225/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0225/2017-S2

Fecha: 20-Mar-2017

II.2.

II.2.  Conforme el acta de audiencia sobre la apelación de la medida cautelar, de 13 de octubre de 2016, se tiene que el representante del Ministerio Público, apeló del Auto de 3 de junio del señalado año, solicitando en relación de Cesar Quisberth Salvatierra -accionante-, que se revoque la Resolución apelada y se disponga su detención preventiva, bajo los siguientes agravios: 1) Que el contrato privado de trabajo, no está reconocido por ninguna autoridad competente, tampoco acreditó la existencia del lugar donde trabajará, no siendo suficiente la presentación solo del NIT o el contrato de trabajo sino que debió presentar documentación como la licencia de funcionamiento o su inscripción en FUNDEMPRESA; 2) El registro domiciliario presentado no cuenta con documentación que demuestre la habitualidad y habitabilidad de dicho inmueble; y, 3) La errónea interpretación del Juez a quo, al no dar por existente el presupuesto contenido en el art. 234.6 del CPP, pese a la existencia de otra imputación anterior contra Cesar Quisbert Salvatierra, causa por la que se encuentra con detención preventiva (fs. 28 a 32 vta.).