SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0225/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0225/2017-S2

Fecha: 20-Mar-2017

II.3.

II.3.  Del acta de audiencia sobre la apelación de la medida cautelar de 13 de octubre de 2016, se tiene también que el representante del Fondo Indígena presentó recurso de apelación contra el Auto de 3 de junio de 2016, solicitando se revoque la resolución apelada y en relación a Cesar Quisbert Salvatierra, ahora accionante, se ordene su detención preventiva,  bajo lo siguiente: i) No demostró con documentación idónea su domicilio, ya que pretendió presentar un testimonio que data de 1975 y una certificación domiciliaria que no refiere en que calidad vive el nombrado en dicho  domicilio; ii) Con relación al elemento del trabajo, se adhirió a los fundamentos expuestos por el Ministerio Público y citando la “SC 1860/2011-R, 2291/2010-R”, enfatizó que existe una verificación policial que acreditó la inexistencia del nombrado salón de belleza; y, iii) El Juez a quo, de manera errónea omitió el riesgo procesal contenido en el art. 234.6 del CPP, sin considerar que el nombrado imputado cuenta con otra imputación inclusive con una acusación de la misma naturaleza (fs. 28 a 32 vta.).