Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0237/2017-S3
Fecha: 27-Mar-2017
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
El accionante considera lesionados sus derechos a la estabilidad laboral, al trabajo, a la remuneración y al debido proceso, citando al efecto los arts. 48, 49.III y 117.I de la Constitución Política del Estado (CPE); 23 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; y, 8 del Convenio 158 de la Organización Internacional de Trabajo.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1.
- emitiendo si corresponde la conminatoria de restitución en los términos previstos en esta norma, y en caso de que el empleador incumpla la conminatoria, el trabajador o trabajadora podrá interponer la acción de amparo constitucional
- Aclarando que la conminatoria dispuesta por el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social, en los alcances del DS 0495, no constituye una resolución que defina la situación laboral de la trabajadora o el trabajador, por cuanto el empleador puede impugnar esta determinación en la justicia ordinaria
- III.2. Análisis del caso concreto