SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0237/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0237/2017-S3

Fecha: 27-Mar-2017

II.1.

II.1. Mediante Memorando RR.HH. 392-2016 de 11 de octubre, Elina Moreno Chávez de Soleto, Gerente Financiera -ahora demandada- y Dunia Cuellar Ribera, Sub-Gerente de Recursos Humanos (RR.HH.), ambas de la empresa “NUDELPA” Ltda., comunicaron a Miguel Ángel Moreno Melgar -hoy accionante- que en aplicación de los arts. 16 incs. a), c), e) y g) de la LGT; y, 9 incs. a), c), e), g) y h) de su Decreto Reglamentario determinaron su despedido justificado, sin derecho a indemnización, por las siguientes razones: i) Que el 4 de julio de 2016 estando en uso de sus vacaciones organizó y participó de un paro ilegal y bloqueo del ingreso y salida de la referida empresa colocando cadenas y candados que obstruyeron el normal tránsito, incumpliendo sus obligaciones contractuales y laborales, situación que se constituyó en una omisión e imprudencia grave la cual generó daño económico a la compañía y que pudo causar un perjuicio mayor; y, ii) Instauraron un proceso penal en el cual se les notificó con la imputación formal en su contra (fs. 5 a 6).