Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0244/2017-S3
Fecha: 27-Mar-2017
II.2.
II.2. Cursan certificados médicos forenses emitidos por el Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF) el 24 y 25 de enero de 2017, en los que consta el estado de salud de Nancy Vallejos Chávez como “Policontusa por agresión física” (sic) y Roby Uzeda Ramires como “Poli contuso” (sic) -hoy accionantes-, ambos con cinco días de incapacidad médico legal (fs. 18 y 20).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- otorgó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Activación de la acción de libertad prescindiendo de la excepcional subsidiariedad en casos de privación de libertad no vinculados a la comisión de un delito
- deberá tenerse en cuenta que la misma puede producirse, ya por hechos y circunstancias eventualmente no vinculadas a la presunta comisión de un delito
- una primera
- III.2. Análisis del caso concreto
- el Tribunal Constitucional ha reconocido a la Policía su facultad para imponer sanciones de arresto, dentro de los marcos establecidos por la Constitución y las leyes.
- se encuentra condicionada a que exista orden escrita, que se trate de supuestos de flagrancia y que además sea evidente la alteración del orden público, o que la medida sea adoptada a fin de prevenir mayores consecuencias
- etapa probatoria amplia
- CONFIRMAR
- 3º Disponer