SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0246/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0246/2017-S3

Fecha: 27-Mar-2017

denegó

El Juez de Sentencia Penal Sexto de la Capital del departamento de La Paz, constituído en Juez de garantías, por Resolución 02/2017 de 26 de enero, cursante de fs. 39 a 41, denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: i) Del examen de antecedentes se verifica que mediante Resolución 232/2016, la Jueza de Sentencia Penal Octava -de turno- de la Capital del mismo departamento, resolvió la solicitud de modificación de medidas cautelares del hoy accionante declarándola infundada, puesto que no se habría enervado o desvirtuado los riesgos procesales previstos en los arts. 234 y 235 del CPP -y en audiencia de manera oral el abogado de la parte accionante interpuso recurso de apelación-; empero, la autoridad jurisdiccional que llevó a cabo dicha audiencia no se pronunció respecto a la apelación deducida, y el abogado no hizo seguimiento al proceso; en todo caso debía haberse demandado también a la referida Juez de Sentencia Penal Octava; por lo que la autoridad hoy demandada no tiene legitimación pasiva para responder sobre esta omisión; aspecto que no impide regularizar la apelación interpuesta contra la referida Resolución; y, ii) Con relación a que no se hubiese señalado audiencia de modificación de medidas sustitutivas, del cuaderno original se tiene que por memorial  de 19 de enero de 2017, el hoy accionante solicitó salida judicial y alternativamente reiteró que se programe audiencia de modificación de medidas sustitutivas, habiendo  la Jueza ahora demandada mediante decreto de 20 del mismo mes y año, fijado fecha y hora de audiencia para el 30 de enero de igual año a horas 17:00, por lo cual no corresponde pronunciamiento alguno al respecto.