SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0265/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0265/2017-S1

Fecha: 28-Mar-2017

1)

José Ayaviri Siles, Juez de Ejecución Penal Tercero del departamento de La Paz, en audiencia señaló lo siguiente: 1) Existe sentencia ejecutoriada, con condena de tres años para el accionante, por lo que se emitió el correspondiente mandamiento de captura, porque en ejecución penal, no existe mandamiento de condena o mandamiento de aprehensión; 2) El primer mandamiento de captura señalado, fue observado y suspendido, expidiéndose un segundo, aclarando que se debe ejecutar en el departamento de La Paz, porque es competente en ese lugar y no a nivel nacional; empero, por cooperación, puede emitir orden instruida, exhorto o dependiendo de la petición; 3) Cumplió con la sentencia debidamente ejecutoriada, por lo que solicitó que se rechace la solicitud.

René Rino Salazar Ballesteros, Comandante General de la Policía Boliviana, a través de su representante, refirió que: 1) La FELCC, es una institución que forma parte de la estructura organizacional de la policía boliviana y es una institución fundamental del Estado, y tienen una competencia y jurisdicción nacional; 2) Los referidos funcionarios policiales, dentro de su estructura organizacional y dependencia de los comandos departamentales de la policía y en las direcciones nacionales dependen de la estructura central que es el Comando General, por lo que su accionar está garantizado y facultado por la Constitución Política del Estado; 3) El mandamiento de captura es de 17 de enero de 2017, el cual debería cuestionarse, empero no se lo hizo; 4) Es extraño que el Comandante haya sido demandado, puesto que carece de legitimación pasiva por no haber vulnerado los derechos alegados y tampoco ejecutó el mandamiento de captura; y, 5) El accionante advertido de la vulneración alegada debería recurrir al juzgado del “doctor Ayaviri”, para que corrija los mismos, por lo que pidió que se deniegue la acción de libertad.