SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0267/2017-S1
Fecha: 28-Mar-2017
II.4.
II.4. Mediante memorial presentado el 17 de enero de 2017, ante el Juzgado Público de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Sica Sica del departamento de La Paz, Santos Freddy Zárate Solares hoy accionante, impugnó la declaratoria de rebeldía determinada en su contra el 12 de enero de 2017, con el argumento que no le notificaron con la imputación formal emitida por el Ministerio Público el 6 de abril de 2016, y los problemas de su salud imposibilitó que asista a dicha audiencia, pues adolecía de dolores de espalda, líquidos y vómitos abundantes lo que provocó su baja médica de dos días, tal como se puede demostrar de la certificación médica de 11 de enero de 2017, por lo que solicitó se disponga la revocatoria de la declaración de rebeldía y la nulidad de todo lo obrado hasta que le notifiquen con la imputación de manera personal (fs. 3 a 7 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La configuración jurídica de la acción de libertad como garantía constitucional
- III.2. De la declaratoria de rebeldía en procesos penales y sus efectos jurídicos
- III.3. Análisis del caso concreto
- Respecto al pedido del accionante de dejar sin efecto la declaratoria de rebeldía dispuesta contra su persona
- Fragmento 17
- CONFIRMAR en parte
- 1° CONCEDER en parte