Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0267/2017-S1
Fecha: 28-Mar-2017
II.5.
II.5. Por escrito presentado el 26 de enero de 2017, ante el mencionado Juzgado, el accionante interpuso recurso de reposición contra el decreto de 18 de igual mes y año, que señala: ‘“estese a los datos del proceso’” (sic), en mérito a lo cual solicitó que se resuelva con carácter previo su memorial de 17 del citado mes y año, de acuerdo a los arts. 401 y 402 del CPP (fs. 8 a 9 vta.)
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La configuración jurídica de la acción de libertad como garantía constitucional
- III.2. De la declaratoria de rebeldía en procesos penales y sus efectos jurídicos
- III.3. Análisis del caso concreto
- Respecto al pedido del accionante de dejar sin efecto la declaratoria de rebeldía dispuesta contra su persona
- Fragmento 17
- CONFIRMAR en parte
- 1° CONCEDER en parte