SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0282/2017-S1
Fecha: 31-Mar-2017
REVOCAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada; en virtud a la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, en revisión resuelve: REVOCAR la Resolución 01/2016 de 1 de diciembre, cursante de fs. 852 a 855 vta., pronunciada por el Juez Público de Familia Décimo Sexto del departamento de Santa Cruz y en consecuencia CONCEDER la tutela en relación al debido proceso en sus vertientes de fundamentación, motivación y congruencia, dejando sin efecto el Auto de Vista 224/16 pronunciada por los Vocales de la Sala Civil Comercial, Familia, Niñez y Violencia Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz y ordenar que de manera inmediata se emita otro, considerando los fundamentos esgrimidos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.3. Intervención del tercer interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el nuevo contexto constitucional desde una visión plural
- a)
- III.2. Sobre la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre los elementos del debido proceso y la congruencia
- la fundamentación o motivación de las resoluciones judiciales
- III.4. Análisis del caso concreto
- 1)
- i)
- REVOCAR