AUTO CONSTITUCIONAL 0148/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0148/2017-RCA

Fecha: 25-Abr-2017

a)

Solicita se conceda la tutela, y se deje sin efecto: a) El Memorando 113/2017; b) La nota AN PREDC 316/2017 de 8 de febrero, que niega el recurso de revocatoria; c) Se lo restituya inmediatamente a su puesto de trabajo; y, d) El pago de salarios correspondiente al tiempo que injustamente estuvo destituido y los aportes a la Administradora de Fondo de Pensiones (AFP) y Caja Nacional de Salud.

El accionante señaló que: a) La Jueza de garantías resolvió aspectos de fondo, pues denegó la tutela, sin haber llamado a audiencia de consideración de amparo constitucional, habiendo resuelto aspectos del derecho a la estabilidad laboral en relación a los funcionarios públicos designados como interinos y de libre nombramiento y contradictoriamente aplicó el art. 53.3 del CPCo; por lo que, no debió ingresar al fondo; y, b) El hecho de haber solicitado reincorporación laboral a la “Aduana” es un aspecto de fondo y no de forma y mucho menos requisito de admisión.