DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2017

Fecha: 21-Abr-2017

Artículo 89.- (Procedimiento de reforma de la Carta Orgánica total o parcial)

I.         La reforma total o parcial de la presente norma institucional básica del municipio de Vila Vila tendrá lugar a través del Concejo municipal, activada por una voluntad popular mediante referendo aprobada por dos tercios (2/3) del total de los miembros del órgano deliberativo, se sujetará al control constitucional a cargo del Tribunal Constitucional Plurinacional y serán sometidos a referéndum para su aprobación, conforme a la Ley del Régimen Electoral.

I.         La Reforma Total de la Carta Orgánica Municipal, tendrá lugar a través de la asamblea municipal estatuyente de Vila Vila, activada mediante referendo, por iniciativa ciudadana con la firma de almenos el veinte por ciento del electorado, y aprobada por el Concejo Municipal por dos tercios (2/3) del total de sus miembros, y remitida a Control de Constitucionalidad y sometida a Referéndum Municipal.

II.       La Reforma Parcial de la Carta Orgánica Municipal, podrá iniciarse por iniciativa popular con al menos el veinte por ciento del electorado o por iniciativa del Concejo Municipal, mediante Ley Municipal de necesidad de reforma aprobada por dos tercios del total de sus miembros presentes y remitida a Control de Constitucionalidad y sometida a Referéndum Municipal”.