Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2017
Fecha: 21-Abr-2017
persiste el cargo de incompatibilidad
Con relación al art. 87 del proyecto de Carta Orgánica Municipal, se falló de la siguiente forma: “Se advierte que el art. 87 del proyecto de Carta Orgánica Municipal, no ha sido modificado, por tanto persiste el cargo de incompatibilidad constitucional expresado en la DCP 0182/2015; en ese entendido, persiste el cargo de incompatibilidad constitucional.
Además, se hace notar que el epígrafe de la disposición anuncia regulación sobre la probabilidad de integrar una “región” en cambio el texto normativo persistente, hace referencia a la conformación de una “región autónoma”, aspectos completamente distintos, que el estatuyente deberá considerara a tiempo de adecuar dicha normativa”.
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- III.
- Fragmento 4
- 14
- Ley Municipal:
- Cargo de incompatibilidad en la DCP 0164/2016
- incompatibilidad
- compatibilidad
- incompatibilidad constitucional del parágrafo VII del art. 18
- Cargo de incompatibilidad constitucional
- Cargo de improcedencia
- el numeral 2 del parágrafo I, debe declararse la
- incompatibilidad constitucional de los parágrafos III y V del art. 24
- incompatibilidad constitucional del parágrafo V del art. 24
- Artículo 62.- (Bienes de dominio público y bienes de dominio municipal)
- incompatibilidad constitucional del art. 62
- Artículo 62.- (Propiedad del Gobierno Municipal)
- persiste el cargo de incompatibilidad
- Artículo 89.- (Procedimiento de reforma de la Carta Orgánica total o parcial)
- declarar nuevamente la incompatibilidad constitucional del art. 89
- 3º