Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0260/2017-S3
Fecha: 03-Abr-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante estima como vulnerados sus derechos a la libre locomoción, a la defensa, al debido proceso y al principio de inocencia, toda vez que, dentro del proceso de violencia familiar o doméstica seguido en su contra, la autoridad hoy demandada emitió arbitrariamente la Resolución de aprehensión contra su persona, sin considerar su apersonamiento voluntario al proceso y pruebas de descargo presentadas en sus memoriales, tampoco se dio lectura a su declaración informativa, ni se revisaron los documentos que habría presentado en ese acto procesal.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la única oportunidad procesal para desistir o retirar la acción de libertad, es hasta antes de señalado el día y hora de la audiencia pública, es decir, cualesquiera de estas actuaciones (retiro o desistimiento) serán inadmisibles después de esta actuación procesal (señalamiento de día y hora de audiencia pública)
- III.2. De la excepcional subsidiariedad en la acción de libertad
- en los casos, que en materia penal se impugnen actuaciones no judiciales
- Primer supuesto:
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1.
- III.3.2.
- CONFIRMAR