SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0271/2017-S3
Fecha: 05-Abr-2017
Fragmento 3
Francisco Skandar Pinedo Suares, en audiencia manifestó que el accionante el 29 de agosto de 2016 presentó querella por el delito de estelionato, indicando que el inmueble vendido no era de su propiedad y el contrato fue de 6 de enero de ese año, y “a la fecha” no canceló “tres cuartos”, interponiendo una demanda de incumplimiento de contrato; por otro lado, el ahora accionante no tiene su domicilio en la av. 9 de febrero, el nunca tuvo dominio sobre el inmueble y a la falta de pago se dejaba sin efecto el mismo, en dicha demanda fijo su domicilio en “Brasileia” y la última vez que pagó fue en septiembre del pasado año, por lo que no puede aseverar que esté legalmente desempeñando un trabajo; en el caso se presentó una resolución de contrato, no existiendo vulneración de derechos.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 3
- sin establecer la parte dispositiva de la Sentencia
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 7
- con el fin de pronunciarse en revisión sobre las sentencias en acciones de defensa, las cuales podrán ser confirmatorias en todo o en parte la resolución del Juez o Tribunal de origen; revocando en todo o en parte la resolución de la Jueza, Juez o Tribunal de origen; debiendo conforme al mandato del art. 45 del mencionado cuerpo legal, pronunciar en revisión una Sentencia que contenga los suficientes argumentos de hecho y de derecho que justifiquen la decisión
- la remisión del expediente al Tribunal o Juez de origen
- III.2. Análisis del caso concreto
- principio de motivación
- 2° Se llama severamente la atención