SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0276/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0276/2017-S3

Fecha: 05-Abr-2017

c)

c)   A tiempo de referirse a la vulneración del derecho al debido proceso vinculado al principio de verdad material e igualdad de las partes, individualiza el Auto 89/2015, manifestando reiteradamente que en su contenido se utiliza el término “aceptan” en plural, argumento que pretende vincular a la falta de determinación de responsabilidad del otro miembro del Tribunal de Sentencia Penal Segundo citado precedentemente, incurriendo nuevamente en error al concluir con tales afirmaciones que tanto el Tribunal de primera instancia como el de apelación del proceso administrativo seguido en su contra, debieron considerar la naturaleza colegiada del Tribunal que integra, explicación que resulta contradictoria con su petitorio dirigido únicamente contra la resolución pronunciada en grado de apelación. En esa tarea, el ahora accionante no observa el elemento de precisión que le es exigible respecto a indicar por qué la interpretación desarrollada por los demandados lesionó sus derechos.