SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0292/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0292/2017-S3

Fecha: 12-Abr-2017

a)

El accionante a través de su abogado en audiencia ratificó el tenor íntegro de su memorial de acción de amparo constitucional y ampliándolo señaló que: a) La SCP “…12066-2015-25 AL…” (sic) señala que cuando el sujeto pasivo es un funcionario público, este tiene la obligación de presentar informe escrito o en su defecto asistir a la audiencia a fin de desvirtuar los hechos o actos denunciados como lesivos y de no hacerlo se presume la veracidad de los mismos; y, b) El recurso de apelación presentado por su persona fue admitido y concedido por el Juez de primera instancia; pero cuando fue remitido al Tribunal de alzada, sin hacer el menor análisis aritmético rechazan dicho recurso señalando que es extemporáneo, pese a que esta situación fue resuelta dos veces por el Juez a quo, tomando en cuenta que los plazos comienzan a correr a partir de la notificación con el Auto que resuelve la complementación y enmienda conforme establece el Código de las Familias y del Proceso Familiar, vulnerando sus derechos al debido proceso y a la defensa.