SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0294/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0294/2017-S1

Fecha: 12-Abr-2017

Fragmento 14

La SCP 1360/2016-S3 de 30 de noviembre, sobre el tema señalo que: “La acción de libertad, así como las demás acciones protectoras de derechos humanos, delimita también las atribuciones entre jurisdicciones respecto a la valoración de la prueba, en ese sentido la SC 0025/2010-R de 13 de abril, precisó que : …este Tribunal, en invariable y reiterada jurisprudencia, ha establecido que la jurisdicción constitucional no tiene competencia para ingresar a valorar la prueba, dado que ésta compulsa corresponde exclusivamente a la jurisdicción ordinaria, cuyos jueces y tribunales, conforme a la atribución que les confiere la Constitución de manera general; y las leyes de manera específica, deben examinar todo cuanto sea presentado durante el proceso y finalmente emitir un criterio con la independencia que esto amerita...’ (las negrillas son nuestras).