SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0303/2017-S3
Fecha: 12-Abr-2017
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a querella de Vicente Saigüa Muñoz y Luisa Soria Villca de Saigüa contra Rodrigo Enzo López Chávez -hoy terceros interesados- y otros por la presunta comisión de los delitos de falsedad material y otros, Jaime Plácido Herrera Calderón -ahora accionante-, mediante memorial presentado el 28 de agosto de 2014, en la vía incidental y alegando en lo principal, no ser parte del referido proceso penal, pidió el levantamiento de la anotación preventiva efectuada al inmueble de su propiedad inscrito en la Oficina de Derechos Reales (DD.RR.) bajo la matrícula 1.01.1.99.0032242, ordenada por Moisés Palma Salazar, Fiscal de Materia, más pago de costas, daños y perjuicios (fs. 20 a 22).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de terceros interesados
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso en concreto
- Fragmento 16
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR