SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0317/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0317/2017-S2

Fecha: 03-Abr-2017

se ha evidenciado que la autoridad demandada demoró más de diez horas en realizar las verificaciones correspondientes establecidas en la norma, a efectos de dar cumplimiento al mandamiento de libertad,

Consecuentemente, conforme lo glosado precedentemente, se ha evidenciado que la autoridad demandada demoró más de diez horas en realizar las verificaciones correspondientes establecidas en la norma, a efectos de dar cumplimiento al mandamiento de libertad, pese a que, conforme se tiene desarrollado en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, las autoridades encargadas de los recintos penitenciarios después de recibir un mandamiento de libertad que emane de una autoridad competente, tienen la obligación ineludible de ejecutar o cumplir en el día, de forma inmediata y sin dilación alguna, previa verificación claro está, tanto de la autenticidad del mandamiento como de la inexistencia de otros mandamientos pendientes, a fin de que no lesionar los derechos y garantías del imputado.