SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0320/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0320/2017-S2

Fecha: 03-Abr-2017

Fragmento 23

De igual forma, la SCP 1033/2014 de 9 de junio, reiterando los distintos entendimientos jurisprudenciales sobre el principio de inmediatez manifestó: “La jurisprudencia constitucional a través de la SC 1216/2010-R de 6 de septiembre, menciono respecto del principio de inmediatez lo siguiente: ‘…en la Constitución vigente, se introduce el plazo de seis meses para la interposición de la acción de amparo constitucional, plazo que se computa a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa o judicial, y que se constituye en un verdadero plazo de caducidad del derecho a acudir a la justicia constitucional…