Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0330/2017-S3
Fecha: 20-Abr-2017
II.3.
II.3. Mediante memorial presentado el 30 de septiembre de 2014, al ahora accionante opuso excepción previa de impersonería alegando que el demandante -hoy tercero interesado- adjunto Testimonio de Poder 200/2013, para aparentemente demostrar que es representante legal de la empresa comercializadora de combustible IMDECO IMPORT EXPORT S.R.L.; empero, no cumple con los arts. 25, 27, 29 inc. 5) y 34 del CCom, tal como demuestra el certificado emitido por FUNDEMPRESA que señala que el mencionado Testimonio de Poder no se encuentra inscrito en el registro de comercio (fs. 68 a 69).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.3.1.
- II.5.
- II.6.1.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Para que la jurisdicción constitucional analice la actividad interpretativa
- Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR