Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0339/2017-S1
Fecha: 19-Abr-2017
Fragmento 14
El Juez de garantías, mediante decreto de 31 de enero de 2017, observó la acción de amparo constitucional, ordenando subsanar los siguientes puntos: i) Especificar de manera concreta y precisa la norma legal y constitucional vulnerada; ii) Especificar quienes son las autoridades “recurridas”; toda vez que los “Magistrados” ahora demandados fueron suspendidos de sus funciones; y, iii) Describir cuales son las resoluciones que pretenden anularse.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- “improcedencia”
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- Fragmento 11
- III.3. De la legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 14
- III.4.1. Otras consideraciones
- CONFIRMAR