Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0347/2017-s1
Fecha: 21-Abr-2017
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 002/2017 de 22 de febrero, cursante de fs. 231 a 234, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por José Torrez Espíndola, Graciela Mamani Torrez, Ruperto, Antonia, Gloria y Sara Todos Espíndola Torrez contra Javier Peñafiel Bravo, Deysi Villagómez Velasco y Bernardo Huarachi Tola, Magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Agroambiental.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- III.
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- , siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- siempre que el ordenamiento jurídico ordinario no prevea un medio idóneo y expedito para reparar la lesión producida
- III.3.La motivación y fundamentación de las resoluciones como obligación del juzgador
- ampulosa
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR