SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0353/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0353/2017-S3

Fecha: 25-Abr-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

A partir de la gestión académica 1998, previo concurso de méritos y examen de oposición, desempeñó el cargo de docente de la materia de Investigación Educativa I y II “A” en la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación de la UMSA, cátedra que desempeñó como docente titular desde la emisión del memorando PNL.DOC. 092/99 de 7 de junio de 1999.

El año 2000 y luego de haber denunciado actos irregulares en los que incurrieron las exautoridades de la citada Facultad, fue alejado injustificada e ilegalmente de su cargo, razón por la cual reiteradamente solicitó mediante notas la explicación sobre su retiro, hasta que mediante Resolución 379/2014 de 20 de febrero, el Consejo Facultativo de Humanidades y Ciencias de la Educación de la referida casa superior de estudios, dispuso su restitución a la titularidad de la cátedra antes mencionada, decisión que conforme a procedimiento fue enviada al Consejo Universitario para la prosecución del trámite conforme a normativa.

El 1 de marzo de 2016 se le hizo conocer el Informe Jurídico A.JUR.INF. 127/16 de 19 de febrero del referido año, cuyo contenido estableció sin respaldo alguno la improcedencia de su reincorporación, cuando nunca fue sometido a procesos universitarios ni recibió memorando de cese de funciones, emitido por el Rector de UMSA, documento que resultaría idóneo para tal fin. Por los motivos expuestos, alega el incumplimiento del estatuto universitario y la vulneración de sus derechos.