Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0355/2017-S1
Fecha: 21-Abr-2017
II.1.
II.1. El 2 de junio de 2016, Herasmo Colque, Luis Marcelo Luna Acuña y Moisés Lucas Aro Jiménez, todos Técnicos del Club de Natación “Ranas Catavi” del departamento de Potosí mediante oficio dirigido a Fernando Poma Jurado, Presidente de la Asociación Municipal de Natación de Catavi-Llallagua, comunicaron la suspensión indefinida de las deportistas Dunia Katrin Valencia Soto y la menor NN del referido Club, determinación asumida en Asamblea General de padres de familia de ese Club, realizada el 31 de mayo de 2016 (fs. 1 a 2).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre el debido proceso y el derecho a la defensa
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR