SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0364/2017-S2
Fecha: 17-Abr-2017
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
Los accionantes alegan la vulneración de su derecho al debido proceso vinculado con el principio de seguridad jurídica, igualdad de las partes y derecho a la defensa, toda vez que, Oscar Rodríguez Burgos y Vicenta Elizabeth Ruiz Coro interpusieron de apelación incidental contra los Autos de 16 de marzo y 30 de junio del 2016, emitidas por el Juez de Sentencia Penal Primero del departamento de Potosí, quien dispuso el abandono de querella, del cual los Vocales demandados, emitieron el Auto de Vista 87/2016, que declararon procedente dicho recurso de apelación, disponiendo que el Juez a quo, señale nueva audiencia de juicio oral y continúe con la secuencia procesal que corresponda hasta la conclusión del proceso.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Configuración de la acción de amparo constitucional
- III.2. El abandono de querella declarada en instancia de juicio oral
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.3. El derecho al debido proceso
- Fragmento 15
- implica el cumplimiento de requisitos procesales que deben ser debidamente observados en cada instancia procesal
- Fragmento 17
- al ser un principio, no puede ser tutelado por el recurso o acción de amparo constitucional que tiene por finalidad proteger derechos fundamentales
- más sin embargo ello no implica que sea tutelable, precisamente y como se tiene explicado, por no ser un derecho autónomo, como sostuvo la pasada jurisprudencia de este Tribunal. Por ello, cuando se exigía la tutela en su generalidad se lo hacía unido a otros derechos como lógica consecuencia, no así de manera independiente”
- III.6. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo