Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0366/2017-S3
Fecha: 25-Abr-2017
a)
Solicita se conceda la tutela, y en consecuencia se disponga: a) Que el demandado le deje ingresar a su parcela sin ninguna restricción por ser un comunario antiguo y encarpetado; b) El respeto de sus derechos a la vivienda, al hábitat, al trabajo digno y a la propiedad; y, c) Sea con justa indemnización, reparación y resarcimiento de daños y perjuicios.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De los límites de la jurisdicción indígena originaria: respeto a la Constitución Política del Estado y en consecuencia a los derechos fundamentales y garantías constitucionales de las personas
- tanto la jurisdicción indígena originaria campesina, como la ordinaria, están sujetas a control de la justicia constitucional, a través del Tribunal Constitucional Plurinacional
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- 2° DENEGAR