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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0378/2017-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0378/2017-S2

    Fecha: 17-Abr-2017

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    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación y ampliación  de la acción de libertad
    • a)
    • 1)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III.
    • III.1. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad: Juez cautelar encargado del control jurisdiccional ante arbitrariedades realizadas por funcionarios policiales.
    • tanto la Policía como la Fiscalía cometieron arbitrariedades relacionadas al derecho a la libertad física o de locomoción, y todavía no existe aviso del inicio de la investigación, corresponde ser denunciadas ante el Juez Cautelar de turno
    • En este orden, en cuanto a la presunta indebida privación de libertad, deberá tenerse en cuenta que la misma puede producirse, ya por hechos y circunstancias eventualmente no vinculadas a la presunta comisión de un delito y otras veces, sí vinculadas a dicha presunta comisión de un delito. En consecuencia, si no existe inicio de investigación y tampoco presunta comisión de delito alguno, corresponderá a la justicia constitucional conocer directamente y resolver la acción de libertad que acuse una presunta indebida privación de libertad’
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • Fragmento 15

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