SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0378/2017-S2
Fecha: 17-Abr-2017
II.1.
II.1. Cursa “acta de aprehensión por particulares”, emitida por la Policía boliviana, misma que señala que el 21 de febrero de 2017, el ahora accionante -Alejandro Meneses Siles-, habría sido aprehendido por Robert Milton Andia Delgadillo; denunciando que el 2013, le habría vendido a esta persona y a su esposa arroz por un valor de bs90 000 (noventa mil bolivianos); sin embargo, dicho monto hasta la fecha no se le habría cancelado; refiriendo que lo buscó en Montero y Cochabamba, escondiéndose repetidamente; ese día a horas 11:00, lo encontró en la doble vía Guabirá, donde se encontraba comiendo, y al verlo éste procedió a escaparse en su motocicleta, pero finalmente Robert Milton Andia Delgadillo junto a un compañero de trabajo lograron detenerlo para luego conducirlo a las instalaciones de la FELCC de Montero (fs. 24).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción de libertad
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.
- III.1. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad: Juez cautelar encargado del control jurisdiccional ante arbitrariedades realizadas por funcionarios policiales.
- tanto la Policía como la Fiscalía cometieron arbitrariedades relacionadas al derecho a la libertad física o de locomoción, y todavía no existe aviso del inicio de la investigación, corresponde ser denunciadas ante el Juez Cautelar de turno
- En este orden, en cuanto a la presunta indebida privación de libertad, deberá tenerse en cuenta que la misma puede producirse, ya por hechos y circunstancias eventualmente no vinculadas a la presunta comisión de un delito y otras veces, sí vinculadas a dicha presunta comisión de un delito. En consecuencia, si no existe inicio de investigación y tampoco presunta comisión de delito alguno, corresponderá a la justicia constitucional conocer directamente y resolver la acción de libertad que acuse una presunta indebida privación de libertad’
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15