Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0394/2017-S2
Fecha: 25-Abr-2017
II.3.
II.3. Del acta de audiencia de apelación de medidas cautelares, de 4 de mayo de 2016, se tiene que el imputado por intermedio de sus abogados, fundamenta la misma señalando que existió una aprehensión ilegal, no existiría probabilidad de autoría, la Juez valoró incorrectamente los elementos de prueba, y que es una valoración subjetiva del hecho de tenga procesos penales en la República de Argentina (fs. 161).
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- deniega
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- cuando esté directamente relacionada con la restricción de la libertad del accionante y se constate la existencia de absoluto estado de indefensión
- tratándose de medidas cautelares de carácter personal, no es posible exigir la concurrencia del absoluto estado de indefensión como requisito para activar la acción de libertad
- empero, éste último no es exigible cuando quien demande la acción tutelar se encuentre sometido a una medida cautelar de carácter personal
- CONFIRMAR en todo