Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0172/2017-RCA
Fecha: 12-May-2017
I.2.
El accionante considera lesionados sus derechos al debido proceso, al acceso a la justicia, a la tutela judicial efectiva y a la impugnación; citando al efecto los arts. 13.IV, 115, 180.II y 410.II de la Constitución Política del Estado (CPE); 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- Fragmento 1
- Fragmento 2
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- improcedecia“in limine”
- a)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- III.2. El principio de informalismo en la jurisdicción administrativa
- principio de favorabilidad
- improcedencia
- II.3. Cumplimiento de los requisitos de admisibilidad