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    AUTO CONSTITUCIONAL 0191/2017-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0191/2017-RCA

    Fecha: 29-May-2017

    II.1.  Marco normativo constitucional y legal

    El art. 128 de la CPE, establece que: “La Acción de Amparo Constitucional tendrá lugar contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley”.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • MI PERSONA NO  TENÍA IDEA DE ESTA DEMANDA
    • I.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
    • 1)
    • improcedente
    • a)
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • Fragmento 9
    • II.2.  Respecto al principio de inmediatez en las acciones tutelares
    • negativo está referido a que el titular del derecho fundamental vulnerado deberá presentar el recurso de manera inmediata, máximo dentro de los seis meses de conocido el supuesto acto ilegal
    • II.3.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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