SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0389/2017-S1
Fecha: 04-May-2017
III.5. Análisis del caso concreto
De acuerdo a los antecedentes, se establece que la coaccionante María Ilse Alcántara de Zabala, el 24 de octubre de 2013 planteó incidente de nulidad procesal por falta de notificación con la demanda dentro del proceso ordinario sobre nulidad de escrituras de venta del predio denominado “Cobadonga del Triángulo de las Bermudas” instaurada por Santiago Pérez Justiniano, contra Ramiro Justiniano Arias; en dicho contexto, el entonces Juez Segundo de Partido Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz, mediante Auto de 12 de junio de 2014, anuló obrados hasta fs. 42 del proceso de referencia, ordenando en consecuencia, la notificación a los sujetos procesales intervinientes, manteniendo subsistente las medidas precautorias; dicha decisión adquirió ejecutoria el 13 de agosto del mismo año. Asimismo durante la ejecución del proceso de saneamiento de la propiedad agraria indicada en el polígono 198 del municipio de Warnes del departamento de Santa Cruz, el INRA, mediante Resolución RA-SS 0206/2016, adjudicó dicho predio a favor de Santiago Pérez Justiniano; dicha determinación fue impugnada ante el Tribunal Agroambiental, que en su Sala Segunda emitió la Sentencia Agroambiental Nacional S2a 097/2016, declarando improbada la demanda contenciosa administrativa.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3
- II.4.
- III.
- ñandereko
- servicio a la sociedad
- se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución
- III.3. Sobre la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales. Jurisprudencia reiterada
- Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación
- III.4. El proceso contencioso administrativo en materia agraria
- III.5. Análisis del caso concreto
- es la fuente fundamental para la adquisición y conservación
- CONFIRMAR