SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0389/2017-S1
Fecha: 04-May-2017
Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación
De lo referido sólo resulta exigible sino una precisa presentación por parte de los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución, a saber en tres dimensiones distintas: a) Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación; b) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad; y, c) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales” (las negrillas son añadidas).
Conforme a la jurisprudencia glosada, el Tribunal Constitucional Plurinacional, ha dejado claramente establecido, los supuestos en los que se puede activar la acción de amparo constitucional, para la revisión de la labor hermenéutica que desarrollen los tribunales ordinarios, administrativos o disciplinarios.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3
- II.4.
- III.
- ñandereko
- servicio a la sociedad
- se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución
- III.3. Sobre la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales. Jurisprudencia reiterada
- Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación
- III.4. El proceso contencioso administrativo en materia agraria
- III.5. Análisis del caso concreto
- es la fuente fundamental para la adquisición y conservación
- CONFIRMAR