SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0399/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0399/2017-S1

Fecha: 04-May-2017

denegó

El Juez de Ejecución Penal Tercero del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, mediante la Resolución 03/2017 de 10 de marzo, cursante de fs.46 a 48, denegó la tutela; bajo los siguientes fundamentos: i) No era evidente la lesión de sus derechos constitucionales, tampoco que la libertad de la accionante se encuentre en peligro, siendo que el demandado Raúl Jiménez Sanjinés, cumplió lo previsto por los arts. 284 y 289 del Código de Procedimiento Penal (CPP);                ii) Habiendo asumido conocimiento sobre la denuncia, la accionante debió asumir su defensa y demostrar que no cometió los delitos acusados; iii) Se tuvo que la Fiscal de Materia ahora demandada, como parte de la comisión de fiscales, únicamente cumplía con su labor dentro del marco de la Ley Orgánica del Ministerio Público y sus competencias; iv) Se evidenció que la investigación recién comenzó; por lo que, la autoridad competente debía determinar si correspondía o no la acusación, consecuentemente no podía disponerse la cesación de una supuesta persecución, considerando que la acción de libertad no era un mecanismo idóneo para ordenar o no la investigación de un delito denunciado;   v) Sobre la presunción de inocencia, solo podía desvirtuarse la misma ante un fallo condenatorio con calidad de cosa juzgada; y, la investigación penal, se encontraba regida por reglas a las que debía someterse la accionante; v) No se demostró que se haya lesionado el derecho a la libertad, por parte de los demandados, además existiendo vías para hacer valer sus reclamos, ante el juez de instrucción penal e incluso ante otras instancias como el Fiscal Jerárquico; y, vi) Respecto a las declaraciones realizadas en un medio de comunicación, se trataban de posiciones personales que además contaban con otros medios legales para su tratamiento, correspondiendo por ende denegar la tutela.