SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0417/2017-S3
Fecha: 12-May-2017
la protección del derecho al juez natural como elemento del debido proceso, está llamado a proteger y garantizar el derecho de las partes del proceso a ser juzgadas por una autoridad con competencia libre de toda injerencia e interés personal que pueda afectar una decisión objetiva e imparcial
En ese orden, la misma Sentencia Constitucional Plurinacional resolvió lo siguiente: “Para esta Sala, el derecho al juez natural como elemento del debido proceso, comprende el derecho a ser juzgado por un juez competente, independiente e imparcial. Se entiende como juez competente, a aquel que conforme los criterios de territorio, materia y cuantía, es el llamado para conocer y resolver una controversia judicial; juez independiente, es aquel que resuelve la controversia exento de toda injerencia o intromisión de otras autoridades o poderes del Estado; y, juez imparcial es el que resuelve la controversia exento de todo interés personal. En ese sentido, la protección del derecho al juez natural como elemento del debido proceso, está llamado a proteger y garantizar el derecho de las partes del proceso a ser juzgadas por una autoridad con competencia libre de toda injerencia e interés personal que pueda afectar una decisión objetiva e imparcial.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la legitimación activa
- la protección del derecho al juez natural como elemento del debido proceso, está llamado a proteger y garantizar el derecho de las partes del proceso a ser juzgadas por una autoridad con competencia libre de toda injerencia e interés personal que pueda afectar una decisión objetiva e imparcial
- derecho al juez natural
- III.2. Análisis del caso concreto
- Sala Civil Primera
- REVOCAR