Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0418/2017-S3
Fecha: 12-May-2017
II.4.
II.4. Consta Conminatoria JDTSC/CONM 101/2016 de 30 de noviembre -de reincorporación-, por la cual el Jefe Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Santa Cruz, ordenó la restitución laboral de la ahora accionante a su fuente de trabajo, al mismo puesto que ocupaba a momento de su despido, reponiendo la UAGRM sueldos devengados desde el despido, manteniendo su antigüedad y demás derechos que correspondan por ley (fs. 12 a 13).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Protección constitucional a la
- trabajadora o un trabajador, ante un eventual retiro intempestivo sin causa legal justificada
- III.2.1. Consideraciones previas
- III.2.2. Resolución del caso
- Proceso de Racionalización y Control de la Planilla de Sueldos y Salarios
- CONFIRMAR