SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0424/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0424/2017-S3

Fecha: 19-May-2017

a)

La parte accionante ratificó in extenso el contenido de su memorial de acción de libertad, y ampliándolo indicó que: a) Existe informe de la Secretaria del Tribunal de Sentencia Penal Quinto de El Alto del departamento de La Paz, mediante el cual señala haber devuelto el expediente a Viacha producto de algunas ilegalidades cometidas en esa localidad; b) “…se niegan a hacer aparecer el expediente posiblemente se haya entrepapelado no sabemos lo que realmente ha sucedido, la juez cautelar de Viacha continúa siendo competente para conocer le caso de atender otras las solicitudes que se presentan ante el juzgado…” (sic); y, c) “Se ha pedido la cesación a la detención preventiva tampoco nos dieron curso no nos quisieron recepcionar ningún tipo de memorial, la doctrina constitucional señores magistrados ha establecido la celeridad en las actuaciones procesales cuando se trate de persona que se encuentran privadas de libertad” (sic).

a)    Con relación a las denuncias en sentido de que la autoridad hoy demandada, hubiese rechazado las denuncias, incidentes y reclamos planteados por el accionante, así como el incumplimiento de la resolución del Tribunal de garantías que ordenó poner a la vista el expediente del caso 97/15, se evidencia que respecto a ambas denuncias existe identidad de sujetos, objeto y causa respecto a una anterior acción de defensa, ello por las siguientes razones:

      La presente acción tutelar fue presentada por el accionante el 24 de marzo de 2017, y de la revisión del Sistema de Gestión Procesal del Tribunal Constitucional Plurinacional, tiene una anterior acción de libertad, signada con el número de expediente 18426-2017-37-AL, interpuesta por el nombrado contra la hoy demandada.