SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0433/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0433/2017-S3

Fecha: 19-May-2017

Fragmento 12

           Asimismo, se tiene de la Conclusión II.2. de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, que el Encargado de celdas judiciales de El Alto del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió un Informe señalando que evidentemente el accionante ingresó a las resepctivas celdas judiciales el 29 de marzo de 2017 a horas 8:00, encontrándose dos funcionarios policiales de turno y presentándose posteriormente la imputación formal, indicando además que no se recepcionaban acciones directas en celdas judiciales y que el recojo o traslado de aprehendidos es efectuado por los funcionarios policiales de manera exclusiva, aclarando que “…el recojo de imputaciones es realizada por funcionarios del Juzgado que se encuentra de turno, siendo que en fecha 29 de marzo del presente año, a hrs. 08:10 aproximadamente se apersono a estas oficinas el Dr. A. Ricardo Pinto Olmos Juez de turno, quien de manera personal recogió dos imputaciones que llegaron a hrs. 21:28 de fecha 28 de marzo” (sic).