Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0436/2017-S3
Fecha: 19-May-2017
II.3.
II.3. Mediante memorial presentado el 6 de marzo de 2017, el ahora accionante interpuso apelación incidental contra la Auto 150/2017 (fs. 107), radicando su recurso de apelación en la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro -integrada por los Vocales ahora demandados-, donde se señaló audiencia pública para el 24 de dicho mes y año (fs. 119).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. La imputación formal como atribución privativa del Ministerio Público
- el art. 279 del CPP, establece la delimitación entre las funciones del órgano de investigación y el jurisdiccional; al primero, le corresponde determinar la existencia o no del delito, su calificación
- la imputación formal es una atribución específicamente del Ministerio Público, quien con carácter provisional atribuye la comisión de un delito a una persona
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR