SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0446/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0446/2017-S3

Fecha: 26-May-2017

gastos extraordinarios relacionados a necesidades emergentes imperativas o ineludibles

Sin embargo, con relación al pago de gastos extraordinarios, la legislación de la materia ha establecido que: “Cuando la o el beneficiario solicite el pago de gastos extraordinarios relacionados a necesidades emergentes imperativas o ineludibles, podrán ser pagados por la o el obligado en proporción a sus posibilidades por acuerdo de partes o determinación judicial” (art. 118 del CF) [el resaltado es nuestro]. Resulta necesario hacer notar por un lado, que si bien la legislación de la materia incluye esta regulación dentro del Título VII, Capítulo Único, relativo a la Asistencia Familiar, resulta claro que no se puede equiparar a dicho instituto por las siguientes razones: