SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0446/2017-S3
Fecha: 26-May-2017
II.1.
II.1. Dentro del proceso de asistencia familiar emergente del fenecido proceso de divorcio caratulado “Almanza c/ Flores”, mediante memorial presentado el 8 de febrero de 2017, Andrea Liliana Almanza Freire denunció ante el Juzgado Público de Familia Sexto de la Capital del departamento de La Paz, el incumplimiento del acuerdo transaccional en lo referente a gastos extraordinarios respecto de su hijo menor de edad AA, por parte de Fabián Claudio Flores Gutiérrez -ahora accionante-, exigiendo el pago del 50% de Bs1 991.-, por concepto de material escolar del referido menor (fs. 2 a 3 y 39 a 40). Disponiendo el Juez Público de Familia Séptimo de la Capital -ahora demandado-, en suplencia legal de su homólogo Sexto, traslado con el mencionado escrito, mediante decreto de 9 de febrero de 2017 (fs. 4 y 41).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- i)
- III.1. Sobre el apremio corporal para el pago de gastos extraordinarios por parte de la o el obligado
- gastos extraordinarios relacionados a necesidades emergentes imperativas o ineludibles
- necesidades emergentes imperativas o ineludibles
- salvo por las causas y en las condiciones fijadas de antemano por las Constituciones Políticas de los Estados Partes o por las leyes dictadas conforme a ellas
- III.2. Análisis del caso concreto
- al no encontrarse reconocido por ley el apremio corporal como medida de ejecución ante el impago de gastos extraordinarios