SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0449/2017-S1
Fecha: 24-May-2017
acción de libertad
En revisión la Resolución 06/2017 de 30 de marzo, cursante de fs. 144 a 149, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Martha Quispe Huanca en representación sin mandato de Rene Quispe Huanca contra Ernesto Macuchapi Laguna y Virginia Janeth Crespo Ibáñez, Vocales de la Sala Penal Primera; y, Ángel Arias Morales, Vocal de la Sala Penal Tercera, todos del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
Señaló que mediante la Resolución 237/2016 de 21 de noviembre, emitida por los Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, y la resolución que resuelve su solicitud de complementación y enmienda, transgrediendo el debido proceso, fue indebidamente privado de su libertad.
Solicitó se conceda la tutela impetrada; y en consecuencia, se deje sin efecto la Resolución 237/2016 y su complementaria, debiendo emitirse una nueva que resuelva la cesación a sus medidas cautelares, en sujeción a la Constitución Política del Estado, las leyes y la línea jurisprudencial correspondiente.
- acción de libertad
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- la motivación de las resoluciones, lo que significa, que toda autoridad que conozca de un reclamo, solicitud o que dicte una resolución dictaminando una situación jurídica, debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión, para lo cual, también es necesario que exponga los hechos establecidos, si la problemática lo exige, de manera que el justiciable al momento de conocer la decisión del juzgador lea y comprenda la misma, pues la estructura de una resolución tanto en el fondo como en la forma, dejará pleno convencimiento a las partes de que se ha actuado no sólo de acuerdo a las normas sustantivas y procesales aplicables al caso, sino que también la decisión está regida por los principios y valores supremos rectores que rigen al juzgador, eliminándose cualquier interés y parcialidad, dando al administrado el pleno convencimiento de que no había otra manera de dilucidar los hechos juzgados sino de la forma en que se decidió
- III.4. Sobre la legitimación pasiva
- III.5. Análisis del caso
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Fragmento 14