Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0450/2017-S1
Fecha: 24-May-2017
a)
Solicitó se conceda la tutela, disponiendo que: a) El Ministro de Defensa en el término de cuarenta y ocho horas, otorgue una respuesta sea positiva o negativa a la petición de certificado especial de 11 de octubre de 2016; y, b) Llamar la atención a la Jueza de Instrucción Penal Tercera de Quillacollo, por no resolver en el plazo previsto por ley la petición de control jurisdiccional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3.
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte