Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0450/2017-S1
Fecha: 24-May-2017
III.3.
Entre los principios rectores de la acción de amparo constitucional, se encuentran la inmediatez y subsidiariedad, que también se configuran en causales de improcedencia por la naturaleza jurídica de esta acción de defensa, elementos configuradores que impiden a esta instancia constitucional abrir su competencia e ingresar al análisis de fondo de las problemáticas planteadas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3.
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte