SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0452/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0452/2017-S3

Fecha: 26-May-2017

Fragmento 24

             Al respecto, conforme el entendimiento glosado en el Fundamento Jurídico III.2. de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, cuando se denuncia vía acción de libertad la vulneración al debido proceso, deben necesariamente concurrir dos presupuestos, mismos que no se advierten en los dos puntos denunciados en este acápite, por cuanto siendo el primer requisito que el acto lesivo denunciado se encuentre directamente vinculado con el derecho a la libertad, dicho aspecto no concurre debido a que la mala calificación de los hechos fácticos en la imputación formal, no se encuentra directamente vinculada a la libertad del accionante, pues la restricción de dicha libertad -como el mismo lo sostiene- emerge de una medida cautelar impuesta en su contra por autoridad competente, de igual forma la denuncia sobre imparcialidad del Juez, no se advierte que tenga vinculación alguna con dicho derecho; es decir, que las irregularidades del debido proceso denunciadas y su eventual corrección no darán lugar a la concesión directa de su libertad, que se encuentra restringida en base a una medida cautelar de detención preventiva dispuesta por autoridad competente.