SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0452/2017-S3
Fecha: 26-May-2017
Fragmento 24
Al respecto, conforme el entendimiento glosado en el Fundamento Jurídico III.2. de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, cuando se denuncia vía acción de libertad la vulneración al debido proceso, deben necesariamente concurrir dos presupuestos, mismos que no se advierten en los dos puntos denunciados en este acápite, por cuanto siendo el primer requisito que el acto lesivo denunciado se encuentre directamente vinculado con el derecho a la libertad, dicho aspecto no concurre debido a que la mala calificación de los hechos fácticos en la imputación formal, no se encuentra directamente vinculada a la libertad del accionante, pues la restricción de dicha libertad -como el mismo lo sostiene- emerge de una medida cautelar impuesta en su contra por autoridad competente, de igual forma la denuncia sobre imparcialidad del Juez, no se advierte que tenga vinculación alguna con dicho derecho; es decir, que las irregularidades del debido proceso denunciadas y su eventual corrección no darán lugar a la concesión directa de su libertad, que se encuentra restringida en base a una medida cautelar de detención preventiva dispuesta por autoridad competente.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- “con lugar”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. De la apelación incidental y el plazo para la remisión de antecedentes ante el Tribunal de alzada. Jurisprudencia reiterada
- III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- este Tribunal Constitucional, agregó a la tipología del hábeas corpus desarrollada por la jurisprudencia, al hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, el cual se constituye en el mecanismo procesal idóneo para operar en caso de existir vulneración a la celeridad cuando esté relacionada a la libertad y devenga de dilaciones indebidas, que retardan o evitan resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- Fragmento 17
- III.3. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- Fragmento 20
- III.4.1. Sobre la remisión del recurso de apelación incidental al Tribunal de alzada
- III.4.2.
- III.4.3.
- Fragmento 24