SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0452/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0452/2017-S3

Fecha: 26-May-2017

III.4.1. Sobre la remisión del recurso de apelación incidental al Tribunal de alzada

             El accionante denuncia a través de esta acción tutelar que habiéndose emitido la Resolución 144/2017 de 24 de marzo, que dispuso su detención preventiva, interpuso recurso de apelación en la audiencia de consideración de medidas cautelares; empero, no fueron remitidos los antecedentes de dicha apelación ante la Sala Penal de turno del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro hasta la fecha de la interposición de la presente acción tutelar -3 de abril de 2017-.

             Al respecto, de la revisión de antecedentes presentados, se tiene que en efecto el accionante interpuso recurso de apelación contra la Resolución que dispuso su detención preventiva, recurso de alzada planteado en la misma audiencia de consideración de medidas cautelares de 24 de marzo de 2017 y que hasta la interposición de la presente acción de libertad -3 de abril de similar año- no había sido remitido ante la instancia superior, incumpliendo el trámite de la apelación de medidas cautelares previsto por el art. 251 del CPP, que establece “Interpuesto el recurso, las actuaciones pertinentes serán remitidas ante el Tribunal Departamental de Justicia, en el término de veinticuatro (24) horas…” (sic), de lo que se tiene que recién el 4 del citado mes y año, fueron devueltas las diligencias efectuadas y un día antes se proveyó el material para la facción del testimonio de apelación (Conclusión II.6.).