Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0471/2017-S2
Fecha: 22-May-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La representante, denuncia que los demandados vulneraron los derechos de la Empresa accionante, al domicilio laboral, comercial y a la “seguridad jurídica” su derecho a una justa remuneración y a un salario justo; toda vez que, de manera arbitraria procedieron a impedirle prestar servicios de transporte en la ruta Camiri-Ivo y viceversa, tramo que recorre legalmente desde hace más de tres años, habiendo los demandados provocado no solamente un bloqueo de caminos a efectos de evitar el tránsito libre de los motorizados de la Empresa, sino también, procedido a forzar el cierre de sus oficinas colocando un letrero de clausurado, siendo que dicha atribución no les compete.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió en parte
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Configuración de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- tratándose de relaciones particulares donde se presentan relaciones de subordinación o de indefensión – como es el caso en materia laboral, pensional, médica, de ejercicio de poder informático, de copropiedad, de asociación gremial deportiva o de transporte o religiosa, de violencia familiar o supremacía social –, la jurisprudencia constitucional, siguiendo los parámetros que la propia Constitución establece, ha intervenido para dejar a salvo la efectividad de los derechos fundamentales en dichas situaciones
- III.3.
- III.4. El derecho al trabajo
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte